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En general, la Inspección técnica de edificios, ITE, están obligados a pasarla y obtener el certificado de aptitud los edificios de más de 45 años.
Sin embargo, dado que la normativa es reciente, con aprobación el 2010, se ha propuesto un calendario de adaptación a la norma siguiendo los siguientes términos:
Antigüedad del edificio
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Plazo máximo para pasar la ITE
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Anteriores a 1930
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Hasta al 31.12.2012
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Entre 1931 y 1950
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Hasta al 31.12.2013
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Entre 1951 y 1960
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Hasta al 31.12.2014
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Entre 1961 y 1970
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Hasta al 31.12.2015
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A partir de 1971
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Antes de cumplir 45 años |
Nota: También estan obligados a obtener el certificado de aptitud, resultado de la Inspección Técnica del Edificio o ITE, algunos edificios que forman parte de programas y ordenanzas locales que extienden la obligación general a barrios o zonas específicas de urgente inspección técnica.
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